Recurso de revisión penal

Escrito por el 13 May, 2010 en Derecho penal | 8 comentarios

Según tiene declarado la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en reiteradas sentencias (SSTS. 607/2007, de 286 y 792/2009, de 16 de julio , entre otras), el recurso de revisión «constituye un procedimiento extraordinario para rescindir sentencias firmes, que en la misma medida en que ataca la cosa juzgada representa una medida excepcional admisible únicamente en aquellos supuestos legalmente tasados en que se ponga en evidencia la injusticia de una sentencia firme de condena».

Según el Tribunal Supremo, es un recurso excepcional «en cuanto limita el principio de la cosa juzgada al determinar la exculpación de aquellas personas que han sido condenadas con notoria equivocación objetiva. Y persigue fundamentalmente mantener, en la medida de lo posible, el necesario equilibrio entre las exigencias de la justicia y las de la seguridad jurídica (STC de 18 de diciembre de 1984 ), al mismo tiempo que representa el triunfo de la verdad material frente a la verdad formal amparada por los efectos de la cosa juzgada».

El Tribunal viene considerando que el art. 954.4º de la LECr . permite la revisión «… cuando después de la sentencia sobrevenga el conocimiento de hechos nuevos o de nuevos elementos de prueba, de tal naturaleza que evidencien la inocencia del condenado…».

Este número cuarto exige la concurrencia de dos requisitos:

a) que los hechos o los elementos de prueba sean nuevos, en el sentido de que fuesen sobrevenidos o que se revelaren después de la condena, y

b) que evidencien la inocencia del condenado, esto es, que la prueba que se tuvo en cuenta en el anterior enjuiciamiento quede totalmente desvirtuada por la prueba obtenida después del fallo condenatorio, de modo que haga indubitable la falta de responsabilidad del reo (SSTS 198/2008, de 30-4; y 453/2009, de 28-4 ).

Fuente: Sentencia Tribunal Supremo de dieciocho de Marzo de dos mil diez. Ponente: ALBERTO GUMERSINDO JORGE BARREIRO

8 Respuestas a“Recurso de revisión penal”

  1. C.P. Manuel Gerardo Serment Goñi dice:

    Cual es el término para interponer el recurso de revisión de una sentencia de confirmación de negación de orden de aprensión dictado por una sala y apartir de cuando se empieza a contar el término

  2. javier perez dice:

    gracias por la información, podrían decirme enviándome al correo cual es el termino para interponer un recurso de revisión?, tengo uno para revisar pero los hechos ocurrieron hace casi cinco años, aun se puede hacer algo? gracias

  3. Ana Arzuaga Fraga dice:

    He interpuesto el recurso en dos ocasiones, 8 años mas tarde de la sentencia firme por un delito de contrabando de tabaco, el tabaco aparece en una bodega de obras en la finca en donde la empresa constructora hacia TRABAJOS ceras y muros. Los aduaneros declaran que han vigilado al acusado y no han podido comprobar que se dedicara al contrabando. La existencia del tabaco en mi bodega era la única culpabilidad. El constructor creyendo estar al borde de la muerte( duró 12 años mas)dejo un acta notarial en la que declaraba la relación laboral que nos une y que el había depositado allí el tabaco. Nueva prueba que evidencia la inocencia. No la han tenido en cuenta, no han permitido la presentación del Recurso, y he interpuesto una Reclamación Patrimonial, por el funcionamiento anormal, aunque hubiese preferido la anulación de la condena. He interpuesto en Estrasburgo el caso a ver si ordenan la anulación de la condena. Gracias . comparto esto para que pueda ser de ayuda para alguien.

  4. Ana Arzuaga Fraga dice:

    He interpuesto el recurso en dos ocasiones, 8 años mas tarde de la sentencia firme por un delito de contrabando de tabaco, el tabaco aparece en una bodega de obras en la finca en donde la empresa constructora hacia TRABAJOS ceras y muros. Los aduaneros declaran que han vigilado al acusado y no han podido comprobar que se dedicara al contrabando. La existencia del tabaco en mi bodega era la única culpabilidad. El constructor creyendo estar al borde de la muerte( duró 12 años mas)dejo un acta notarial en la que declaraba la relación laboral que nos une y que el había depositado allí el tabaco. Nueva prueba que evidencia la inocencia. No la han tenido en cuenta, no han permitido la presentación del Recurso, y he interpuesto una Reclamación Patrimonial, por el funcionamiento anormal, aunque hubiese preferido la anulación de la condena. He interpuesto en Estrasburgo el caso a ver si ordenan la anulación de la condena. Gracias . comparto esto para que pueda ser de ayuda para alguien. El Recurso se presento 8 años mas tarde de la sentencia firme. El fiscal tenia que haber aceptado la prueba, ya que no especifica que solo sean aceptadas pruebas de ADN, hemos demostrado Falso testimonio también pero al no haber una sentencia firme que condene al Testigo falso, no he podido presentar el Recurso basandome en falso Testimonio, esto ya lo advierte la Ley.

  5. Ana Arzuaga Fraga dice:

    Si el despacho al que me dirijo, que parece que toma acciones verdaderas para resolver e incluso impedir injusticias, creen que merece la pena volver a intentar un Recurso extraordinario de Revisión, estoy a su entera disposición, soy consciente que la imndenización merecida es cuantioso, hemos pagado 18.000€ de responsabilidad civil, y 42.000€ de multa. Conservo toda la documentación, y algo significativo que debo informar es que cuando revisaron la casa encontraron el Contrato de Obra pactado con la Empresa, aunque fue otra empresa encargada por aquella la que construyó la acera. Los propios aduaneros declaran que la casa estaba en obras. No vivíamos allí por que era invierno,el responsable de la existencia del tabaco, ha dejado documentos en el Notario, que prueban que el era el empresario de una empresa de construcción, cuando se celebró el Juicio, este chico había desaparecido de la ciudad, volvió 8 años mas tarde por que enfermó de gravedad, cuando supimos de su existencia nos confirmo lo que ya sospechamos. Y nos informó de la existencia del Acta Notarial de responsabilidad que había firmado en el Notario. Podemos creer que es un buen guión para una película. No hemos pedido Amparo al Constitucinal para obligar al Tribunal Superior que acepte la interposición del Recurso, a la vista del apoyo que he encontrado de asesoramiento puedo volver a intentarlo, no pierdo nada, no puedo conformarme con que me imndenícen, necesito que haya anulación de sentencia.Estos hechos ocurrieron en el año 1996, y al día de hoy no he visto ningún resarcimiento por mínimo que sea.

  6. Ana Arzuaga Fraga dice:

    Si el despacho al que me dirijo, que parece que toma acciones verdaderas para resolver e incluso impedir injusticias, creen que merece la pena volver a intentar un Recurso extraordinario de Revisión, estoy a su entera disposición, soy consciente que la imndenización merecida es cuantioso, hemos pagado 18.000€ de responsabilidad civil, y 42.000€ de multa. Conservo toda la documentación, y algo significativo que debo informar es que cuando revisaron la casa encontraron el Contrato de Obra pactado con la Empresa, aunque fue otra empresa encargada por aquella la que construyó la acera. Los propios aduaneros declaran que la casa estaba en obras. No vivíamos allí por que era invierno,el responsable de la existencia del tabaco, ha dejado documentos en el Notario, que prueban que el era el empresario de una empresa de construcción, cuando se celebró el Juicio, este chico había desaparecido de la ciudad, volvió 8 años mas tarde por que enfermó de gravedad, cuando supimos de su existencia nos confirmo lo que ya sospechamos. Y nos informó de la existencia del Acta Notarial de responsabilidad que había firmado en el Notario. Podemos creer que es un buen guión para una película. No hemos pedido Amparo al Constitucinal para obligar al Tribunal Superior que acepte la interposición del Recurso, a la vista del apoyo que he encontrado de asesoramiento puedo volver a intentarlo, no pierdo nada, no puedo conformarme con que me imndenícen, necesito que haya anulación de sentencia.Estos hechos ocurrieron en el año 1996, y al día de hoy no he visto ningún resarcimiento por mínimo que sea.Se que han de valorar cuando lean esto, que el documento Notarial, refuerza y demuestra que nuestras declaraciones son ciertas y el tribunal pretendía- invertir la carga de la prueba- y lo ha conseguido por que hemos demostrado que somos inocentes.

  7. oscar prada dice:

    fuy condenado hace 15 años por porte ilegal de armas de fuego, reo ausente, soy inocente no se tubieron en cuenta las declaraciones a mi favor, la condena fue 13 meses de prision , tube el beneficio de un subrogado penal con ejecucion condicional de la pena, nunca se encontro un arma se tomo como prueba unas declaraciones,la persona que declaro en mi contra hoy arrepentida y mirando el daño que causo esta dispuesta a corregir este daño es de tercera edad,y me dice que esta dispuesto a corregir su error, quisira saber si hay una posivilidad de hacerlo,agradesco aquien pueda ayudarme.

  8. JOSE ANTONIO dice:

    En el día de hoy termino el cumplimiento de una condena, aceptada y no recurria, en a que entiendo que la presunción de inocencia no se tuvo en cuenta, hace cuatro años fui acusado de una falsicación de firmas en documento público, a pesar de que tenia informes de la Brigada de investigación criminal de la Policía Científica que no me culpaban de la autoría de las firmas, ¿puedo solicitar la revisión de la sentencia?

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